El pasado 17 de febrero, el Grupo Parlamentario Socialista registró en el Senado una enmienda que pretende garantizar el ejercicio de actividades sanitarias a los psicólogos. Se trata de una medida provisional que recoge los requisitos que, provisionalmente, deben cumplir los psicólogos para solicitar la inscripción de sus consultas o gabinetes de psicología en el correspondiente registro de centros y poder así continuar ejerciendo sus actividades sanitarias. Hasta ahora solo otorgan autorizaciones sanitarias para centros o establecimientos relacionados con la salud a los licenciados Especialistas en Psicología Clínica, pero el nuevo texto establece que quienes ostenten el título de licenciado en Psicología o alguno de los títulos de graduado en el ámbito de la Psicología que figuren adscritos a la rama de conocimiento de Ciencias de la Salud, podrán ejercer actividades sanitarias, siempre que acrediten haber adquirido una formación específica a través de alguna de las siguientes vías:
- haber superado los estudios de graduado/licenciado, siguiendo un itinerario curricular cualificado por su vinculación con el área docente de Personalidad, Evaluación y Tratamiento Psicológicos, o con la Psicología Clínica y de la Salud.
- haber adquirido una formación complementaria de posgrado no inferior a 400 horas (o su equivalente en créditos europeos), de las que al menos 100, tendrán carácter práctico, vinculada a las áreas mencionadas en la anterior letra a).
Dicha acreditación permitirá solicitar la inscripción de consultas o gabinetes de psicologías en el correspondiente registro de centros, servicios y establecimientos sanitarios.
Puedes consultar aquí el texto completo de la enmienda.