La crisis económica en las que la sociedad está inmersa ha generado muchas consecuencias. Una de ellas es que la tasa de divorcios está descendiendo a niveles de hace diez años. Y es que no cabe duda de que divorciarse es costoso: además de pagar abogados, se necesitan dos viviendas y se duplican los gastos. ¿Quién se queda con la casa, los muebles… y la hipoteca? Como es obvio esto no significa que las parejas no sientan la necesidad de separarse y de iniciar caminos diferentes, pero la situación económica actual hace que en muchas ocasiones las posibilidades de llevarlo a la práctica se vean reducidas.
Pese a esto, sigue habiendo muchas parejas que, tras haber intentado por todos los medios salvar su relación, deciden separarse. Y sin duda uno de los motivos que más preocupa a los padres ante esta situación es cómo va a afectar a los hijos.
Una vez tomada la decisión, lo ideal sería que los niños quedaran al margen del proceso. Esto suele ser así en situaciones de separación o divorcio de mutuo acuerdo, pero en muchas ocasiones no es esto lo que sucede. Si la situación se complica, puede incluso que los hijos tengan que ir a declarar a juicio o pasar por un peritaje psicológico teniendo a veces que pronunciarse sobre con quién prefieren vivir. El papel y la formación del psicólogo forense es esencial para que este proceso sea lo más rápido posible y el menor esté protegido.
En Cataluña, a partir de julio de 2010, se cambió el término de custodia compartida por el de responsabilidad parental compartida. Además, se establece que cada uno de los padres presentará un plan de parentalidad en el cual se tienen que especificar como piensan ejercer sus responsabilidades con los hijos, planes que el juez tratará de conciliar. La autoridad judicial, si no existe acuerdo o si este no se ha aprobado, tiene que determinar la forma de ejercer la guarda, ateniéndose al carácter conjunto de las responsabilidades parentales. Sin embargo, hay personas que luego de tomar una decisión en cuanto al tema de la custodia de los hijos, por diversas razones, desean cambiarla. Vemos un caso de cambio de custodia.
M.P, de 42 años, presenta un recurso de apelación en referencia a la atribución de la custodia de su hija L.L (de 11 años en el momento de la exploración) a su anterior pareja sentimental J.L.
Coincidiendo con la ruptura sentimental y el miedo a la reacción de J.L, M.P había cambiado de residencia durante una temporada muy corta, por lo que se había decidido que la menor siguiera residiendo en el hogar familiar con el padre. En la actualidad M.P había vuelto a la localidad de origen ante el deseo manifiesto de L.L.
M.P afirma que la menor permanece con su padre por presión emocional. Solicita la evaluación pericial psicológica, a la que J.L se opone, así como la apelación de la custodia. La Sala de lo Civil admite la prueba solicitada por parte de M.P, que consiste en la evaluación de la menor y de ambos progenitores y sobre cuál de ellos debe atribuirse la guarda y custodia de la misma.
La metodología utilizada en este caso fue la siguiente: lectura del expediente judicial, realización de dos entrevistas evaluativas con cada uno de los progenitores, administración a ambos progenitores de una prueba proyectiva (debido a las limitaciones formativas de J.L), entrevista individual con la menor, administración a la menor de varias pruebas psicométricas, observación de la interacción de la menor con cada uno de los progenitores y recogida de información del centro escolar donde iba la menor. De esta manera, los resultados obtenidos a lo largo del procedimiento pericial fueron los siguientes:
En la evaluación de la menor es especialmente significativo su intento de mantenerse en todo momento en equilibrio entre sus dos progenitores, haciendo una valoración igualitaria de ambos, basada en aspectos positivos. Se considera la hipótesis de que L.L no facilite información que pueda perjudicar al padre, dada la actitud que se observa durante la entrevista tanto por parte de la menor (se observan reacciones de miedo a poder ser escuchada por J.L) como por parte de éste (actitud negativa de oposicionismo, falta de cooperación, críticas destructivas frente a la nueva pareja de M.P, etc.)
En el último año se constatan deficiencias graves en el cuidado de L.L, periodo en el que precisamente ha estado con J.L, con clara falta de supervisión por parte de éste. No consta ningún tipo de control sobre sus actividades y horarios. La menor dispone de una gran cantidad de información sobre la ruptura de sus padres y los conflictos actuales, lo que es totalmente inadecuado para su edad
La información externa aportada por la escuela de L.P sugiere que el cuidado de la menor y las atenciones hacia esta han recaído de forma más acentuada sobre la madre, con un desarrollo que siempre ha sido adecuado a los resultados. Se afirma que el rendimiento de la menor ha empeorado mucho este último año (ausencias, conductas inapropiadas, manejo importante de dinero, etc.) y se tiene constancia que hace los deberes siempre con su madre. Ante esta situación, los contactos con la escuela por parte de M.P han sido reiterados, presentarse en la misma e interesándose por cómo evolucionaba la menor y, contrariamente, J.L no se ha personado nunca a la escuela y solo ha realizado algún contacto telefónico muy puntual.
Por tanto, en este caso concreto, se extrajeron las siguientes conclusiones:
La madre cuenta con mayores recursos personales y apoyos para el cuidado de la menor, mientras que el padre tiene que adquirir mayores habilidades parentales y manejar los límites entre los conflictos adultos y lo que corresponde al cuidado de L.L.
Sería positivo poder trabajar con la menor el conflicto en el que se ha visto inmersa y devolver el poder a las figuras parentales. Habría que trabajar los temores que se observan en L.L.
La formación como psicólogo forense permite trabajar en casos como estos y proponer al juez la mejor solución a un caso de guarda y custodia de menores. El Máster en Psicología Forense te abre las puertas a un nuevo horizonte profesional.